Exencionesde IVA. Las exenciones de IVA son un privilegio otorgado por la Ley y su aplicación es perfectamente legal. Vale la pena reiterar algunas de esas actividades donde aplica la exención del IVA. a) Construcciones adheridas al suelo, destinadas a
Lasempresas que realizan obras de construcción y rehabilitación de inmuebles y urbanización de terrenos, desde la reforma de Octubre del año pasado, no deben repercutir IVA en sus facturas, ya que es el destinatario quien debe autorepercutirse el impuesto. Esta novedad además, se extiente también a las empresas que son
Enotras palabras: a espacios que lleven más de dos años construidos o reformados, se les podrá aplicar el IVA reducido en reformas. Pero si la reforma se desarrolla antes de dicho periodo de tiempo, a la factura habrá Laconstrucción de viviendas nuevas está sujeta a un tipo de IVA reducido del 10%, mientras que las obras de rehabilitación o reforma están sujetas al tipo de IVA estándar del 21%. Las empresas constructoras que realizan obras están obligadas a cobrar el IVA correspondiente y a declararlo en su declaración trimestral de impuestos. Ocurrelo mismo que en el caso anterior, la factura debe ir sin el IVA y es el cliente el que se encarga de la tributación en su país de origen. Facturar a clientes extracomunitarios. Vamos a ver ahora cómo facturar a una empresa que está fuera de la Unión Europea. En este caso nos remitimos al artículo 21 de la ley del IVA, que nos dice

Enla factura sin IVA debe aparecer el siguiente texto: “Operación de inversión del sujeto pasivo de acuerdo al art. 84, apartado uno, número 2º f, de la Ley 37/92 de IVA”. Desde el 1/1/2011 no hay obligación de emitir “auto-facturas”, por lo que no hay que realizarlas para ejercitar el derecho a la deducción de las cuotas soportadas de IVA.

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